16/12/2021
Además de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la directiva comunitaria 633/2019 relativa a las prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria, la nueva norma recoge una reforma ambiciosa que se traduce en importantes mejoras para el funcionamiento de las relaciones comerciales en la cadena. Entre ellas, que los costes de producción se constituyen como la base de la negociación de los contratos escritos. También establece la obligatoriedad de formalizar el contrato por escrito en todas las operaciones comerciales, salvo las de precio inferior al indicado por la normativa de lucha contra el fraude (1.000 euros en la actualidad) y las operaciones con pago al contado.
Como nuevos elementos del contrato se incorpora la indicación de las categorías y referencias contratadas, la referente a la determinación del precio del contrato o a la indicación del mecanismo de resolución de conflictos. Además, serán nulas las cláusulas de los contratos que incumplan lo dispuesto por la ley respecto a la determinación del precio.
La norma señala que no se pactarán actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos, ni perjudiquen la percepción de la calidad o valor de los productos agrarios o alimentarios.
De igual forma, la nueva ley incrementa el catálogo de prácticas comerciales desleales y se incluyen nuevas infracciones. En particular, se prohíbe la venta desleal a los consumidores, que se considerará como “venta a pérdidas”, de tal forma que la distribución no podrá ofrecer al público productos alimenticios a un precio inferior al precio pagado por su adquisición.
Para llevar a cabo las tareas de control, la ley refuerza el papel de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), a la que reconoce como autoridad de ejecución nacional para velar por el cumplimiento de la Ley de la Cadena.
Las comunidades autónomas, en el marco de sus competencias, designarán autoridades encargadas de controlar el cumplimiento de esta ley en sus territorios. En este ámbito, la AICA será el punto de contacto para la cooperación entre las autoridades de ejecución de las comunidades autónomas y con la Comisión Europea.
Asimismo, con la reforma se incluye un mayor número de productos agrarios no alimentarios, como los productos de lino en bruto, corcho natural, cáñamo, tabaco en rama plantas vivas y productos de floricultura.
Para dotar de mayor transparencia a las relaciones comerciales y más seguridad a los productores, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación creará un registro digital de contratos alimentarios.