La solicitud de modificación fue consensuada entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas tras un proceso de diálogo en el que participaron también las organizaciones profesionales del sector.
Las modificaciones propuestas permiten la introducción de determinadas medidas de simplificación y flexibilidad, con el objetivo de garantizar la óptima ejecución del plan estratégico, tanto en las ayudas directas como en las medidas de desarrollo rural.
Entre las principales novedades previstas, en lo que respecta a la aplicación del Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) -ayudas directas-, se incluye el reconocimiento de los sistemas agrovoltaicos como superficies potencialmente admisibles a efectos de las ayudas de la PAC, siempre que se mantenga el carácter prioritario de la actividad agraria.
Asimismo, se flexibiliza la aplicación de los ecorregímenes. En concreto, se elimina la exigencia de que la cubierta vegetal en los cultivos leñosos en verano tenga que ocupar el 20% de la anchura libre de copa. También se establece un porcentaje único del 7% en los espacios de biodiversidad para las explotaciones mixtas, aquellas que cuentan con al menos dos de estas tipologías: tierras de cultivos de regadío, de secano o permanentes.
Igualmente, se introducen ajustes en los indicadores de las intervenciones sectoriales hortofrutícola y vitivinícola, para simplificar y mejorar su aplicación y la ejecución presupuestaria, y adaptarse mejor a las necesidades del sector agrario español.
En cuanto a las medidas de desarrollo rural, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) se realizan algunos ajustes en la asignación financiera y en el diseño y programación de determinadas intervenciones.
Para aplicar todas estas modificaciones será necesario introducir cambios en los reales decretos que regulan el sistema de gestión y control de las ayudas de la PAC, la ayuda básica a la renta, el régimen de penalizaciones y las intervenciones sectoriales del vino y de frutas y hortalizas, para que las medidas puedan entran definitivamente en vigor a partir del 16 de octubre de 2025, de cara a la solicitud de las ayudas de la PAC 2026.
Tras esta primera modificación del Plan Estratégico de la PAC, el ministerio señala que está previsto realizar una segunda, cuyo único objetivo será integrar aquellas medidas que sigan en marcha de los programas de desarrollo rural del anterior periodo (2014-2022).