En el caso de la entrada en vigor de la obligación de elaborar un plan de abonado, las nuevas fechas fijadas para contar con el mismo son: el 1 de enero de 2026 para las explotaciones en regadío en las que el cultivo se siembre o se plante entre el 1 de marzo y el 30 de junio, y el 1 de septiembre de 2026 para el resto.
El asesoramiento técnico obligatorio en materia de fertilización para las unidades de producción situadas en zonas declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos será obligatorio un año después de las fechas anteriores, y dos años en el caso de las unidades de producción que se encuentran fuera de estas áreas.
Asimismo, entre las modificaciones aprobadas, se aclara el requisito de registrar todas las labores de fertilización en un cuaderno de explotación, que puede ser en papel o en formato digital, que será preceptivo a partir del 1 de enero de 2026, con una serie de excepciones que se especifican en la norma.
Igualmente, se flexibilizan los requisitos relativos a la aplicación de estiércoles en determinadas zonas en donde no es posible hacerlo de forma localizada, excepto las parcelas inferiores a una hectárea que no sean colindantes con otros recintos de la misma explotación. También se aclara cómo se computan los pastos comunales para el cálculo de la superficie de la explotación.
El real decreto recoge también otros cambios que mejoran la coherencia con otras normativas o que aclaran aspectos de su aplicación práctica.
Las modificaciones aprobadas dan cumplimiento al acuerdo entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las organizaciones agrarias UPA y Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, para mejorar la situación del sector. Y responden al compromiso del Gobierno de avanzar en la fertilización racional de los cultivos, con el objetivo estratégico de mantener o aumentar la productividad de los suelos agrarios al tiempo que se disminuye el impacto ambiental de la aplicación de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica.