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Renovables y agricultura: una convivencia posible según el Tribunal Supremo

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ECONOMÍA

23/10/2025

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La finca comunal denominada El Páramo, de Paredes de Nava (Palencia), estaba tradicionalmente destinada al uso agrícola (y actividades complementarias como la caza). El Ayuntamiento aprobó en 2021 un acotamiento parcial del bien comunal (460 de 948,42 has de la finca) con la finalidad de destinar esos terrenos a un proyecto de energías renovables (fotovoltaica y eólica).

Los derechos de aprovechamiento colectivos (por 71 vecinos) vencían en septiembre de 2021, coincidiendo con la nueva ordenanza municipal que regulaba dicho acotamiento. La Junta Agraria Local y asociaciones agrarias impugnaron el acuerdo municipal y la orden autonómica que lo avalaba, y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló esos actos. Frente a esa decisión, el Ayuntamiento interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La sentencia nº 332/2024 de 28/02/2024 del TS revocó la resolución del TSJCyL, declarando que el acotamiento era conforme al derecho.

La sentencia inserta un punto decisivo en el debate sobre el equilibrio entre el uso agrícola tradicional y la expansión de energías renovables en suelo rural. Al admitir que parte de un bien comunal pase a un uso energético bajo condiciones, el Supremo legitima una solución mixta: coexistencia entre agricultura y renovables, siempre que no se colapse el uso agrario residual.

Desde el punto de vista jurídico, el fallo refuerza la figura del acotamiento especial regulada en el artículo 75 del Texto Refundido de la Ley de Régimen Local (TRLRL). Según el Tribunal, cuando un aprovechamiento colectivo o mancomunado no sea técnicamente viable para fines complejos como generación de electricidad, la subasta a terceros es una vía legítima y legalmente prevista. Además, la decisión establece requisitos de proporcionalidad: que la parte no acotada conserve su uso tradicional, que los beneficios revertirán en mejoras para los titulares agrarios, y que la memoria justificativa alcance un estándar riguroso de explicitación técnica, normativa ambiental y criterios de distribución equitativa.

Para los agricultores, esta resolución significa que la llegada de renovables no será necesariamente una invasión absoluta, sino que pueden compartir espacio, siempre que administraciones locales y promotores garanticen compatibilidad.

En el plano sectorial, el fallo puede servir como precedente en otros municipios que poseen bienes comunales o terrenos agrícolas extensos, ofreciendo una doctrina de referencia para confluir el desarrollo energético y las actividades del campo.

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