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Convocado el Plan Renove de maquinaria 2023, con más de 9,5 M€

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MAQUINARIA

27/06/2023

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El BOE del 24 de junio publica el extracto de orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por el que se convocan las ayudas del Plan de renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agraria -conocido como Plan Renove- para el ejercicio 2023.

Para el ejercicio 2023, el plan contempla un presupuesto máximo de 9.545.350 euros en ayudas para el conjunto de máquinas. De ese total, se dispondrá una línea de 3.545.350 euros destinada a máquinas de siembra directa, para contribuir a fomentar la agricultura de conservación, mientras que los 6 millones de euros restantes se destinarán al resto de máquinas incluidas en la convocatoria.

El plazo de solicitud se abrirá diez días después de la publicación del extracto de orden y se prolongará hasta el próximo 15 de septiembre. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación, hasta el agotamiento de fondos.

Estas ayudas, que serán en régimen de concesión directa, pretender ser un revulsivo para renovar el parque español de maquinaria agrícola, con el fin de reducir significativamente las emisiones de NO2, otros gases contaminantes y partículas, así como el consumo de gasóleo. Además, los nuevos tractores y máquinas agrícolas deben garantizar una mayor seguridad en el trabajo en el campo.

Las subvenciones se destinarán a la adquisición de nuevos equipos y máquinas de los siguientes tipos:

-Tractores agrícolas.

-Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes, cisternas automotrices para aplicación localizada de purines y equipos de manipulación y carga.

-Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradoras directas, cisternas para purines y dispositivos de aplicación localizada de los mismos, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, y trituradoras de residuos de cosecha y poda.

Todas las máquinas deberán ser de uso agrícola, y sustituirán a equipos y máquinas del mismo uso y del mismo tipo, que deberán achatarrase.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas incluidos en el artículo 3 del Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, que establece el marco normativo de dichas subvenciones.

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