De esta forma, se armoniza para toda España el importe de las ayudas de minimis que pueden concederse a una única empresa durante tres años, que pasa de 20.000 a 25.000 euros en el caso del sector agrícola y de 30.000 a 40.000 euros en el sector de la pesca y la acuicultura. Todo ello de acuerdo con lo establecido en los reglamentos de la Comisión Europea que regulan estas ayudas.
Además, el real decreto prevé la incorporación automática de los límites que se pudieran aprobar en el marco de la modificación de dicha normativa europea, que actualmente se encuentra en debate, y que tiene como finalidad ampliar los límites de minimis en el sector agrario y eliminar los topes sectoriales. Así, queda establecido un procedimiento para garantizar que España no supera los márgenes establecidos por la normativa comunitaria en este tipo de ayudas.
Los minimis son ayudas o subvenciones públicas a empresas por cuantías menores que se consideran no distorsionan la competencia ni afectan negativamente al comercio entre los Estados miembros de la Unión Europea. Una parte importante de los apoyos destinados a los sectores agrario y pesquero para paliar los efectos de la guerra de Ucrania se han concedido en base a dicho régimen.